Por| Iván López

Mazatán, Chis. (Balance México 05 Diciembre 2022). El ayuntamiento de Mazatán asume acciones que no le corresponden usurpando una vez más funciones de instancias federales y estatales, sin mayores contemplaciones ha empezado a expedir Constancias de Origen a extranjeros, que ante la necesidad de documentos que deben ser expedidos por las autoridades del lugar donde nacieron, son engañados con un papel que no tiene ningún tipo de validez, así le ocurrió a Alma Magaly Aqueche Aragón originaria de Escuintla, Tequisate, Guatemala.

Y es que, aunque el evento pareciera ser parte de la escena de la película La Ley de Herodes, aquella que se desarrolla en San Juan de los Saguaros, en la que la ambición de políticos acabó con el pueblo y en el que el presidente municipal Juan Vargas fue el claro ejemplo de un mundo en el que se torció la ley, se mandó a matar a enemigos y utilizó el poder para enriquecerse a través del cobro de impuestos y la corrupción para perpetrarse en el poder político y en la riqueza.

La denuncia en redes sociales en la que se exhibe el documento firmado y sellado por el Ayuntamiento que encabeza el alcalde Pedro de la Cruz Villalobos, es una clara muestra de la ambición, incapacidad y falta de conocimiento e intento de modificación a las leyes federales y estatales.

El documento exhibido fue expedido por la secretaria de la presidencia como Constancia de Origen el 26 de octubre del 2022 SM021822, Karen Nayeli Mauricio Ruiz quien aduce que con fundamento en el artículo 80 fracción IX de la ley de desarrollo constitucional en materia de gobierno y administración municipal del estado de Chiapas tiene esas atribuciones.

En un claro desconocimiento de las leyes, las Constancias de origen solo las emite el Ayuntamiento a las personas que han nacido y o registrado en ese lugar, sin embargo, eso poco importó porque se le otorgó el documento a Alma Magali Aqueche, originaria de Escuintla Tiquisate, Guatemala sin que tenga la funcionaria la facultad y la capacidad de comprobarlo.

La ley a la que hace mención la funcionaria mazateca bajo el mando del alcalde Pedro de la Cruz señala en el artículo 80 las atribuciones y obligaciones del Secretario de Ayuntamiento, entre otras la de vigilar adecuadamente el despacho de los asuntos del alcalde, la comunicación escrita de convocatorias para sesiones de cabildo, su asistencia para levantar las actas de las sesiones, firman con el Presidente documentos y comunicaciones oficiales, compilar y hacer del conocimiento de la población, las disposiciones jurídicas que tengan vigencia en el municipio entre otras.

A la fracción que hace referencia señala “Expedir las copias, credenciales y demás certificaciones oficiales que acuerde el ayuntamiento o el presidente Municipal”, lo que implicaría además de que no es su facultad de que la expedición de ese documento sin sustento, para expedir fue notificado al alcalde.

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