- Los Comités Comunitarios de Protección Civil contarán con la facultad de vigilancia y denuncia, al tener conocimiento de cualquier acto que se contraponga a la Declaratoria
Tuxtla Gutiérrez, Chis. (Balance México 05 Febrero).- El Gobierno de Chiapas a través de la Secretaría de Protección Civil dio a conocer que, ante la temporada de estiaje en nuestra entidad, y con la finalidad de evitar siniestros o desastres que pongan en riesgo inminente la vida de las personas, sus bienes y su entorno, se emitió la Declaratoria Estatal Preventiva que prohíbe la roza y quema de los predios urbanos y rurales.
La declaratoria publicada en el Periódico Oficial, es de cobertura estatal y aplicable en los 125 municipios de Chiapas, con un periodo comprendido del día 15 de enero al 15 de mayo de 2021.
El documento insta a los diferentes órdenes de gobierno e instancias públicas, sociales y privadas, a implementar acciones preventivas tendientes a salvaguardar la vida e integridad de las personas en riesgo, así como del medio ambiente y biodiversidad, disponiendo de mecanismos de colaboración y coordinación.
Además, se instruye a la Administración Pública Estatal, centralizada y paraestatal, para que, en el ejercicio de sus facultades y competencias, lleven a cabo acciones de prevención tendientes a salvaguardar la vida e integridad de las personas en riesgo, así como los bienes.
El decreto estipula que los 125 municipios deberán participar en las actividades y estrategias de prevención y combate de incendios, “en primer término realizando las medidas y actividades preventivas, equipando debidamente su fuerza de tarea, así como brindar la capacitación y equipamiento a los Comités Comunitarios de Protección Civil (Comités de Prevención y Participación Ciudadana)”.
Precisa que la autoridad municipal que cuente con las atribuciones y legislación punitiva, deberá aplicar las sanciones correspondientes, mientras que aquellas autoridades municipales que no cuenten con las atribuciones y legislación punitiva, deberán realizar la denuncia correspondiente ante la Fiscalía Ambiental o Delegaciones de la Fiscalía General del Estado, en su caso, así como a la Secretaría de Protección Civil, para ejercer las funciones de vigilancia de forma indistinta.